El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy, 29 de septiembre, la Orden AAA/1749/2014 por la que se extiende el acuerdo de la
Organización Interprofesional del Aceite de Oliva Español al conjunto
del
sector y se fija la aportación económica obligatoria para
realizar actividades de promoción del aceite de oliva, mejorar la
información y conocimiento sobre las producciones y los mercados y
realizar programas de investigación y desarrollo, innovación tecnológica
y estudios, durante las campañas 2014/2015, 2015/2016, 2016/2017,
2017/2018 y 2018/2019
La aportación económica será de seis euros por tonelada de aceite de oliva (6€/t).
Dicha aportación quedará dividida en dos cuotas de tres euros por
tonelada cada una (2×3 €/t), denominadas respectivamente «cuota de
producción y elaboración» y «cuota de comercialización».
La «cuota de producción y elaboración» se aplicará a todo el aceite
de oliva producido en España y se devengará en el momento de su salida
de la almazara, cualquiera que sea su destino, siempre que dichas
salidas se realicen dentro del periodo de vigencia de la extensión de
norma, y con independencia del año de producción del aceite. La
obligación de pago recaerá en el titular de la almazara que produzca
el aceite.
La «cuota de comercialización» se aplicará a todo el aceite de oliva
comercializado en España. Dicha cuota se devengará, con carácter
general, en el momento de la entrada en las instalaciones de la entidad
receptora del aceite procedente de la almazara que lo produjo, siempre
que dicho movimiento se realice dentro del periodo de vigencia de
la extensión de norma y con independencia del año de producción del
aceite. El obligado al pago será el titular de la entidad receptora.
Todo ello, sin perjuicio de los casos particulares que se relatan en la
Orden
Fuente:agronewscastillayleon.com
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