05 marzo, 2018

Los análisis comparativos de OCU, ciertos y rigurosos: lo dicen los jueces

La finalidad de los estudios y análisis comparativos de OCU informar y orientar al consumidor, nunca perjudicar a un fabricante o a una marca. Una vez más, un tribunal avala el rigor y la veracidad de nuestros análisis, y rechaza las demandas que acusan a OCU de dañar el honor del fabricante.

Los tribunales avalan el rigor y la veracidad de los análisis comparativos de OCU, y rechazan las demandas de quienes nos acusan de dañar el honor del fabricante: OCU quiere informar, no perjudicar.

Primero, Maeva y ahora Hojiblanca

La demanda de aceites Maeva contra OCU por la publicación de los resultados del análisis de aceite de oliva virgen, donde se afirmaba que la calidad real del aceite no era la que anunciaban, AOVE (Aceite de Oliva Virgen Extra), fue desestimada. Ahora, ha sucedido lo mismo con Hojiblanca: el juzgado de Antequera y la Audiencia Provincial de Málaga han desestimado completamente sus demandas y el recurso de apelación. Transcurrido el plazo de posibles nuevos recursos, la sentencia favorable a OCU ya es firme
.
Además, los tribunales han condenado a DCOOP S, Coop. And, propietaria de la marca Hojiblanca a pagar las costas, pues según se recoge en la sentencia, la información facilitada por OCU sobre las características del aceite era de interés para los consumidores y se habían tomado todas las medidas de análisis y contraste para garantizar la veracidad de sus afirmaciones, prevaleciendo por tanto el derecho a la información de los consumidores.

Buscamos informar al consumidor 

Los jueces han sentenciado que este estudio de OCU supone "el legítimo ejercicio de la libertad de información", y asegura que se han cumplido las condiciones para que "el derecho a la información produzca su plena eficacia justificadora frente al derecho al honor".
El caso del aceite es el más reciente, pero no el único. Afortunadamente, una vez más nuestra labor informando a los consumidores y denunciando los fraudes y las situaciones contrarias a derecho que nos encontramos ha sido respaldada por la justicia. Estas sentencias se refieren a un estudio de 2012 (anterior, por tanto, al Real Decreto que regula los análisis comparativos de alimentación), y avalan que fue realizado con el rigor y seriedad propios de los análisis comparativos OCU, y con todas las de la ley.
Esta sentencia es un triunfo del derecho de los consumidores a recibir una información veraz. Un triunfo del trabajo experto, riguroso e independiente de OCU que, con el respaldo de sus 250.000 socios, la fuerza que da la certeza de los datos del laboratorio y la seguridad de cumplir escrupulosamente las normas, seguirá adelante para conseguir un mercado más justo y transparente.
Fuente:ocu.org

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