01 febrero, 2017

AICA el control de la Ley de la Cadena Alimentaria

AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL ALIMENTARIOS (AICA)

 La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Fue creado mediante la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria con el objetivo de controlar el cumplimiento de la misma en lo que respecta a las relaciones comerciales entre los operadores de la cadena alimentaria.
La actividad de control que ejerce la Agencia se realiza cuando ésta recibe una denuncia por incumplimientos a la Ley de la Cadena Alimentaria, y mediante inspecciones de oficio cuando dispone de información o indicios de posibles infracciones a dicha Ley. AICA inicia e instruye el procedimiento sancionador correspondiente en caso de detectar algún incumplimiento.
Además, AICA tiene encomendada la gestión de los sistemas de información y control de los mercados en el sector oleícola y en el sector vitivinícola, así como el control oficial de los operadores acogidos a Denominaciones de Origen Protegidas o a Indicaciones Geográficas Protegidas, cuyos ámbitos territoriales se extiendan a más de una Comunidad Autónoma.

Teniendo en cuenta las funciones de la Agencia, la actividad de AICA se centra en tres bloques principales: 
  1. Control del cumplimiento de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Esta función se desarrolla a través de inspecciones de oficio o a través de denuncias recibidas sobre posibles incumplimientos a la Ley.
  2. Control de la veracidad de los datos incorporados al sistema de información de mercados del sector oleícola y del sector vitivinícola, procedentes de las declaraciones efectuadas por los operadores del sector.
  3. Establecer y desarrollar el régimen de control oficial de los operadores acogidos a Denominaciones de Origen Protegidas o a Indicaciones Geográficas Protegidas, cuyos ámbitos territoriales se extiendan a más de una Comunidad Autónoma, y el de sus respectivas entidades de gestión (disposición final primera de la Ley 6/2015, que modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto)

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