04 febrero, 2011

convocatoria de propuestas para la concesión de subvenciones destinadas a financiar las actividades promocionales

La Secretaría Ejecutiva del Consejo Oleícola Internacional acaba de publicar en su página web (www.internationaloliveoil.org web service/Tender – Areas of activity/Promotion) la convocatoria de propuestas para la concesión de subvenciones destinadas a financiar las actividades promocionales en el marco del programa de promoción adoptado por el Consejo de Miembros para el año 2011. Estas subvenciones se otorgan a dos tipos de eventos promocionales:

1. A programas nacionales para la promoción del consumo local de aceite de oliva y aceitunas de mesa en los países productores miembros del COI no miembros de la Unión Europea. El objetivo es promover una cultura orientada al mercado en estos países, resaltando la calidad de la producción local. Las actividades y los eventos propuestos en las solicitudes de subvenciones deben presentar un claro interés promocional y ajustarse a los objetivos del Convenio internacional. A este respeto, a título de ejemplo, podría referirse a la organización de seminarios y talleres, de la creación de puntos de información en ferias de alimentación y nutrición, de la elaboración de material promocional, como folletos, CD o libros, o de la invitación de expertos internacionales a sus eventos.

2. A eventos promocionales y científicos relacionados con el aceite de oliva y las aceitunas de mesa en los países productores miembros de la UE, tales como ferias de muestras, exposiciones y degustaciones gastronómicas, celebrados en el seno de actividades promocionales genéricas. Estas actividades pueden adoptar la forma de campañas de formación que subrayen las numerosas características y la versatilidad de estos productos y traten sobre las condiciones y las tendencias internacionales del mercado. El COI presta su apoyo a los grandes eventos científicos sobre temas como las propiedades nutricionales y saludables del aceite de oliva, la ciencia y la tecnología de los lípidos, las enfermedades cardiovasculares y los antioxidantes.

De acuerdo con el Reglamento Financiero del COI, las subvenciones no pueden representar más del 50 % del coste de la actividad cofinanciada. El COI establece un acuerdo con los beneficiarios de dichas subvenciones y procura en todo momento asegurar la transparencia y un trato equitativo para todos los solicitantes. Por último, estas subvenciones no deben tener como objeto ni como consecuencia el lucro de los beneficiarios de las mismas.

Todos los detalles figuran en la convocatoria. La fecha límite para la recepción de las propuestas en la Secretaría Ejecutiva del COI es el lunes 14 de febrero inclusive.
Fuente:COI

No hay comentarios :